Procedimiento para la creación de Capítulos Académicos

La conformación de un Capítulo Académico parte de la iniciativa de un docente investigador o grupo de investigación de alguna de las instituciones miembro de la Sociedad Colombiana de Computación – (SCo2).

A continuación, se describen las actividades a seguir para la creación, aprobación y seguimiento de los Capítulos Académicos – SCo2.

  1. Diligenciar y enviar documento de solicitud (Descargar Archivo) al correo contacto@sco2.org
  2. El Coordinador General presenta ante el Consejo Directivo, la propuesta atendiendo los términos establecidos en el documento de solicitud.
  3. El Consejo Directivo evalúa la pertinencia de creación del Capítulo Académico.
  4. Si la propuesta es aprobada, continuar con la actividad número 5, de lo contrario se le devuelve al proponente para que realice los ajustes pertinentes y haga la solicitud nuevamente.
  5. A partir de este momento, el nuevo Capítulo Académico se encuentra avalado para presentar y ejecutar proyectos cooperados alrededor de las áreas específicas de investigación SCo2.
  6. Creación de una entrada al Capítulo en la página web SCo2.

Consideraciones

Para crear Capítulos Académicos tenga en cuenta los siguientes artículos de la SCo2:

Artículo 1. Los Capítulos son entidades que representan la Sociedad Colombiana de Computación (SCo2) en sus respectivos intereses y formarán parte de ellos los Socios que estén interesados en los mismos. Los capítulos podrían aglutinar a personas interesados en algún área de investigación, o responder a temáticas diferentes a investigación, por ejemplo el capítulo de los Colombianos en el exterior, o de pronto un capítulo de interesados en acreditación.

Artículo 2. La Dirección de los Capítulos estará a cargo de una Junta Directiva integrada por tres Miembros: Un Presidente, un Secretario y un Tesorero, quienes deberán ser miembros de la Sociedad Colombiana de Computación.

Artículo 3. Los Presidentes de los Capítulos deberán asistir por lo menos a dos reuniones anuales con la junta Directiva.

Artículo 4. La elección de los miembros de la Junta Directiva de los Capítulos se hará de acuerdo a lo pautado en el Reglamento de Elecciones de cada capítulo, quienes tendrán la autonomía para definir su propio reglamento.

Artículo 5. Los miembros de la Junta Directiva de los Capítulos durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos.

Artículo 6. Son atribuciones de la Junta Directiva de los Capítulos:

  • Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Sociedad y las disposiciones tomadas por la Junta Directiva.
  • Celebrar sesiones ordinarias por lo menos una vez al mes, para lo cual será necesario la asistencia de la mayoría de la Junta Directiva.
  • Propiciar la celebración de reuniones científicas periódicas y promover el intercambio con otros capítulos.
  • Propiciar la razón de ser (investigación, participación, etc.) de cada unos de los capítulos.
  • Presentar al término de sus funciones, a la Junta Directiva Nacional, un informe para ser agregado al informe general de la misma.
  • Participar a la Junta Directiva los planes de trabajo y demás actividades programadas, y consultar sobre aquellas decisiones de importancia para la Sociedad.

Artículo 7. Los acuerdos, decisiones y manifestaciones de carácter público u oficial de los Capítulos, que comprometan a la Sociedad, deberán contar con la aprobación de la Junta Directiva Nacional de la SOCIEDAD COLOMBIANA DE COMPUTACION (SCo2).

Artículo 8. Los socios podrán crear capítulos, caso en cual podrán, previa aprobación de la Junta Directiva Nacional, identificarse como «Sociedad Colombiana de Computación (SCo2) Capítulo de (seguido del nombre del Capítulo)». Por ejemplo Sociedad Colombiana de Computación-, Capítulo-Inteligencia Artificial. Para la creación del capítulo, se deberá enviar una solicitud anexando los objetivos del capítulo, líneas de interés,  integrantes (el total de sus integrantes deben ser socios). Un capítulo deberá contar con al menos 5 personas de instituciones diferentes.

Artículo 9. Los capítulos tendrán vigencia de un (1) año, al cabo de los cuales se hará una evaluación para determinar su continuidad, la cual será realizada por la Junta Directiva de la sociedad Colombiana de Computación (SCo2).

Beneficios Capítulos Académicos

Ser miembro de un capítulo académico SCo2 concede, por el momento, los siguientes beneficios:

  • Acceder a un subsidio anual de sostenimiento.
  • Realizar acuerdos de cooperación de base científico-tecnológica con otros capítulos adscritos y avalados.
  • Participar en los foros y webinar que se organizan de forma periódica; bien sea como ponentes o como audiencia.
  • Presentar sus avances de investigación en los eventos académicos organizados por la SCo2, previa evaluación y aprobación.
  • Recibir beneficios de convenios de cooperación, incluidos: AMEXCOM, RedUNCI, UIC, RENATA y REDIS.

Además, recibe todos los beneficios para socios profesionales. Revisar en Abecé de la Afiliación.

A tener en cuenta:

Para recibir el aval como capítulo académico y poder acceder a todos los beneficios, no menos de ocho (8) de sus miembros deben poseer membresía profesional vigente.

Para más información, contáctanos tesoreria@sco2.org